A los lugares de trabajo ya utilizados antiguamente de la plazo de entrada en vigor del presente Real Decreto, exceptuadas las partes de los mismos que se modifiquen, amplíen o transformen posteriormente de dicha día, les serán de aplicación las disposiciones de la parte A) del presente anexo con las https://protecci-n-del-trabajador54208.sharebyblog.com/35525495/la-última-guía-a-prevención-de-riesgos-laborales