Cuando los hechos descritos en el artículo 368 se hayan realizado por quienes pertenecieren a una organización delictiva, se impondrán las penas de prisión de nueve a doce años y multa del tanto al cuádruplo del valor de la droga si se tratara de sustancias y productos que causen https://abogado-tr-fico-de-drogas03691.alltdesign.com/everything-about-abogado-tr-fico-de-drogas-narcotr-fico-new-york-46480916